SANTANDER, 10 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional ha acordado suspender de forma cautelar la ejecución de una resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que instaba al Ministerio de Transportes a remitir a una particular que así lo había reclamado documentación de Renfe sobre los problemas de medidas de los trenes diseñados para Cantabria y Asturias y los túneles de la red ferroviaria en ambas regiones.
Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso de la AN en un auto, consultado por Europa Press, en el que acuerda esta medida provisional solicitada por la compañía ferroviaria y suspende así la ejecutividad de la resolución del CTBG adoptada en noviembre de 2023.
En la misma se instaba al departamento que dirige Óscar Puente a remitir a la reclamante en el plazo máximo de diez días hábiles copia de la documentación del operador ferroviario sobre el problema de los convoyes encargados a la empresa CAF (Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles), con sede en Beasain (Guipúzcoa), y que a finales de febrero retomó la fabricación de los trenes con las nuevas medidas.
La mujer también exigía información sobre las actuaciones de Renfe Viajeros desde que tuvo conocimiento de este problema para intentar evitar retrasos en la puesta en funcionamiento de los trenes de Cercanías comprometidos para ambas comunidades, y del acuerdo del cese del responsable de gestión del material y del resto de personal de la empresa cesado o relevado de su cargo a raíz de este asunto.
Ante esto, Renfe interpuso un recurso contencioso administrativo contra la resolución del Consejo de Transparencia -que estimaba parcialmente la reclamación de una particular- e interesaba además que se adoptara la medida cautelar de suspensión de la resolución objeto de impugnación.
Tras esto, se ordenó la formación de una pieza separada y se dio traslado de la misma al CTBG, que no planteó oposición a la medida solicitada.
Renfe alegaba que de llevarse cabo lo ordenado “se haría perder la finalidad legítima” del recurso, convirtiéndose el proceso en un “enjuiciamiento abstracto de la legalidad de la resolución”. Y añadía que la suspensión interesada no conlleva “pertubación grave” de los intereses generales o de terceros.
“De proceder a la entrega a la recurrente de la información controvertida, una eventual estimación del recurso devendría en eficaz y la situación producida sería irreversible”, advertía la compañía ferroviaria, que también alegaba que, de desestimarse el recurso, la suspensión cautelar “solo supondría la posposición en el tiempo de la entrega de documentación”.