MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
Santander, CaixaBank, Bankia y Sabadell defienden que han cumplido “en todo momento” con la normativa en torno a la gestión de créditos con aval público del ICO y que seguirán facilitando a las autoridades de competencia la documentación necesaria para probar que no han llevado a cabo conductas sancionables en este sentido.
Así lo indicaron en fuentes de estas entidades a Europa Press, tras conocerse que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador contra Banco Sabadell, Banco Santander, CaixaBank y Bankia por posibles prácticas restrictivas de la competencia en la comercialización de las líneas de avales ICO Covid.
A falta de conocer el expediente, desde el Santander desconocen los hechos concretos que se les pueden imputar, pero aseguran que la actuación del banco ha sido “totalmente respetuosa” con la competencia entre entidades financieras en España en la contratación de líneas de avales ICO Covid y que “ha atendido con diligencia todos los requerimientos remitidos por la CNMC”.
“El banco ha cumplido con la normativa reguladora de las líneas de avales ICO Covid. En tal sentido, Santander no ha condicionado financiación con garantía ICO a la contratación de ningún otro producto o servicio y tampoco ha impuesto la utilización de dicha financiación para reestructurar deudas preexistentes”, ha indicado un portavoz de la entidad.
Por su parte, fuentes de CaixaBank han destacado que CaixaBank y Bankia, en su momento, han ido facilitando a la CNMC toda la información que les ha ido solicitando sobre la comercialización de los productos ICO Covid-19.
“Esperamos poder explicar mucho más en detalle este proceso de gestión para dar plena visibilidad sobre sus características. Confiamos en que el detalle y la prueba adicional que proporcionemos lleve al regulador a concluir que en ningún momento se produjeron conductas sancionables”, han señalado.
De su lado, Banco Sabadell ha asegurado que durante el periodo de dificultad de la pandemia acompañó a sus clientes y formalizó más de 140.000 expedientes de crédito por un volumen superior a los 12.500 millones de euros “cumpliendo con los requisitos legales establecidos, habiendo implantado los mecanismos de verificación y control pertinentes para garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable”.
Fuentes del Banco Sabadell sostienen que la entidad implantó unos mecanismos de control post-contratación adicionales, con el objetivo de confirmar que dichos expedientes “se formalizaron cumpliendo con todos los requisitos”. “El propio ICO ha realizado un proceso de auditoría sobre una amplia muestra de operaciones por un importe total de más de 1.200 millones de euros, sin que haya comunicado ninguna incidencia significativa”, resaltan.
Desde el Sabadell entienden que el supervisor realice las comprobaciones que estime oportunas, dada la “trascendencia e importancia” de las líneas de avales ICO, aunque recuerdan que la apertura de expediente por la CNMC “no prejuzga el resultado final de la investigación”. “Banco Sabadell podrá aportar todas las evidencias necesarias para acreditar su adecuado comportamiento y la idoneidad de los procedimientos y controles establecidos”, han afirmado.
La CNMC investiga la vinculación a distintos productos que Santander, Sabadell, CaixaBank y Bankia habrían exigido como condición para que los clientes pudieran acceder a las líneas de avales ICO Covid. Además, analiza la utilización de los créditos como mecanismo para reestructurar deudas financieras preexistentes, según ha informado el organismo presidido por Cani Fernández.
Las líneas de avales ICO Covid fueron habilitadas por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en 2020 para facilitar el acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos y hacer frente al impacto económico y social del Covid-19.
Las patronales bancarias AEB y CECA, a las que pertenecen las entidades a las que la CNMC ha abierto expediente, trasladaron al inicio de la pandemia el compromiso de sus asociadas a asegurar una aplicación rigurosa de las condiciones aplicables a las líneas de liquidez con avales públicos, clarificando que la concesión de un crédito amparado por esta línea de avales no podía estar vinculada en ningún caso a la contratación de otros productos.
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