El proyecto del Gobierno prevé que haya que pagar entre 12 y 48 euros por el registro de un título por parte de una persona o empresa
MADRID, 11 (EUROPA PRESS)
El PNV y el PP han registrado sendas propuestas en el Senado para intentar revertir la creación de dos nuevos aranceles en forma de certificados electrónicos que las personas o empresas tendrán que abonar cuando inscriban un título en los Registros de la Propiedad o Mercantil y que tendrá un coste de entre 12 y 48 euros.
Se trata de dos enmiendas que nacionalistas vascos y ‘populares’ han registrado a un proyecto de ley de transposición de varias directivas europeas sobre determinados productos y servicios, que tras ser aprobado en el Congreso ahora se encuentra en el Senado, donde se discutirá en ponencia este jueves.
Aunque la norma se tramita en la Comisión de Derechos Sociales, el proyecto ‘omnibús’ introduce modificaciones, entre otros textos legales, en el Código de Comercio o en la Ley Hipotecaria.
De hecho, es el artículo 19 bis de esta última norma el que el Gobierno propuso modificar en el proyecto de ley. Se refiere a la calificación del registro de una vivienda, una plaza de garaje o una finca fruto de una herencia, entre otros. En concreto, el proyecto crea dos nuevos certificados electrónicos de pago en sustitución de la actual nota de despacho gratuita en el momento de inscribir un título en el registro.
Aunque esta nota de despacho es gratuita, lleva anexa una nota simple informativa sobre la transacción, que tiene un coste de 9 euros. Sin embargo, los ciudadanos pueden ahorrarse este gasto manifestando que no quieren este último documento.
En este contexto, el PNV quiere que siga en vigor esta nota de despacho que, resaltan, es gratuita y supone “simplemente consignar en el título el hecho de haber sido inscrito”. Con esta modificación se eliminarían las dos nuevas certificaciones que por ahora contempla el proyecto de ley.
DUPLICIDAD INNECESARIA
Los nacionalistas vascos también proponen que el registrador remita “gratuitamente y de forma telemática” al prestatario la nota simple de la inscripción practicada y la nota de despacho y calificación, con indicación de las cláusulas no inscritas y con la motivación de la respectiva denegación o suspensión.
Para el PNV, la modificación original que contempla el proyecto de ley supone una “duplicidad innecesaria” y una “perturbación en la práctica”. Sobre todo, añade, en una situación en la que “lo que realmente importa al ciudadano” es constatar que su título o copia ha sido inscrito.
Además, los nacionalistas han recordado que esta doble certificación ya se planteó con ocasión de la tramitación de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario y fue “desechada por unanimidad”. Finalmente, en dicha norma se aprobó la emisión de una nota simple gratuita por parte de los registradores en el registro de un título.
Por su parte, el PP ha ‘rescatado’ la enmienda que ya presentó en el Congreso, por la que pide que estas nuevas certificaciones electrónicas se expidan “sin que suponga un incremento de coste” para el usuario respecto al trámite presencial. La enmienda fue rechazada en la Comisión de Derechos Sociales de la Cámara Baja.
YA SE HABÍA INTENTANDO EN 2019
Pues bien, la modificación introducida elimina las notas previamente mencionadas y añade la expedición de dos certificaciones electrónicas que tendrá que pagar toda persona o empresa que presente un documento en el Registro de la Propiedad o Mercantil.
La cifra a abonar, según la normativa del arancel de los registradores, oscila entre 6 y 24 euros por cada certificación, por lo que el registro de un inmueble u otro activo oscilará entre 12 y 48 euros en total, dependiendo del criterio que cada registrador utilice a la hora de aplicar un arancel u otro.
Teniendo en cuenta que en España se generan al año casi cinco millones de actos inscribibles en el Registro, los ingresos de estos nuevos certificados se situarían entre los 58,8 y los 235,2 millones de euros adicionales.
No es la primera vez que se plantea la inclusión de estas certificaciones. En 2019, con la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, ya se intentó sustituir la nota de despacho y la nota simple por una certificación que expediría el registrador.
Sin embargo, la propuesta fue rechazada en el Congreso, ya que suponía un encarecimiento de hasta 24 euros por documento inscrito, que es el coste de la certificación emitida por el registrador.
LA GRATUIDAD EN EL ACCESO DEL REGISTRO
Para compensar estos nuevos aranceles en el registro, el proyecto de ley del Gobierno también introduce la gratuidad en el acceso a la información básica recogida en el Registro Mercantil.
En concreto, se modifica el artículo 17.5 del Código de Comercio, de modo que el Registro Mercantil facilitará “de manera gratuita” información sobre la denominación y forma jurídica de una empresa, el estado o el objeto de la misma, entre otros puntos. Actualmente, España y Austria son los únicos países en los que se tiene que pagar para acceder a cualquier información de sociedades almacenada en sus Registros Mercantiles.
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