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Los gestores dicen que la sentencia del TUE sobre el modelo 720 es “la crónica de una muerte esperada”

Piden a Hacienda que apruebe cuanto antes los cambios en pleno periodo para presentar el modelo, que finaliza el 31 de marzo

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

El Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos ha indicado este jueves que la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia que cuestiona las sanciones del modelo 720 de Hacienda sobre declaración de bienes en el extranjero es “la crónica de una muerte (parcial) esperada”.

“La sentencia no anula el modelo 720, pero pone de manifiesto las contradicciones de esta norma con el principio de libre circulación de capitales; y resalta lo elevado de su régimen sancionador. Ahora, toca ponerse las pilas y rehacer estas partes concretas del modelo 720”, indicó el presidente de los Gestores Administrativos, Fernando Jesús Santiago Ollero.

Santiago confíe en que con la reforma, ya anunciada por el Ministerio de Hacienda, se gane en seguridad jurídica, aunque lamentó que hayan tenido que “tirar de las orejas” a España para que el Gobierno reaccione.

Según los gestores administrativos, la sentencia se fundamenta en una cuestión clave: la diferencia de trato entre los residentes en España en función del lugar de localización de sus activos, lo que supone una restricción a la libre circulación de capitales. “No se trata igual a quien tiene sus bienes en España que a aquel que los tiene en Alemania”, subrayan.

Asimismo, indican que la posibilidad de que la administración tributaria pueda proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos situados en el extranjero y no declarados, o declarados de manera imperfecta o extemporánea, produce un “efecto de imprescriptibilidad” que permite también a la administración tributaria cuestionar una prescripción ya consumada en favor del contribuyente, vulnerando, a juicio del TJUE, la exigencia fundamental de seguridad jurídica.

En cuanto al régimen sancionador, tanto respecto de las sanciones de tipo fijo como de tipo proporcional y la acumulación de las mismas, el Tribunal cuestiona, según los gestores, el “muy elevado tipo” de las multas o sanciones imponibles, lo que le confiere un “carácter extremadamente represivo”, lo que además de desincentivar el cumplimiento, constituye un “menoscabo desproporcionado de la libre circulación de capitales”.

Por último, apuntan que el Gobierno deberá aprobar una nueva configuración del régimen sancionador y un nuevo régimen de prescripción aplicables al modelo 720, cuyo plazo reglamentario de presentación, por cierto, respecto del ejercicio 2021, se abrió el pasado día 1 de enero y finaliza el próximo 31 de marzo.

Agencias

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