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Las gasolineras franquiciadas tendrán libertad para elegir con quien prestan servicios de recarga eléctrica

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

Las estaciones de servicio abanderadas o franquiciadas tendrán total libertad a la hora de instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos, estando así liberadas de cualquier posible vínculo al contrato de suministro en exclusiva que mantengan con los operadores mayoristas.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha aprobado esta nueva medida para impulsar así la movilidad eléctrica, modificando la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos para introducir más competencia.

Las estaciones de servicio pueden estar explotadas directamente por operadores petrolíferos, pueden ser independientes o pueden funcionar bajo un régimen de abanderamiento o franquicia que permiten a un minorista, normalmente una pyme, explotar la gasolinera en nombre y cuenta de un operador mayorista, por medio de un contrato de suministro en exclusiva de carburantes.

El gabinete dirigido por Teresa Ribera indicó que el contenido y limitaciones de estos contratos de suministro en exclusiva, regulado en el artículo 43 bis de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos, y su actual redacción “no favorecía la competencia ni el despliegue de la red de puntos de recarga en el país”.

Así, hasta ahora, los titulares de estaciones de servicio abanderadas que debían instalar un punto de recarga podían verse obligados a incluir el servicio de recarga dentro del contrato de suministro en exclusiva, lo que podía suponer una barrera para la implantación de puntos de recarga.

De esta manera, el Gobierno ha procedido a modificar este artículo para incluir una nueva limitación al alcance de los contratos de suministro en exclusiva de carburantes que liguen a los mayoristas con estaciones de servicio abanderadas o franquiciadas para que no puedan incluir cláusulas de exclusividad en lo relativo a la prestación de servicios de recarga de vehículos eléctricos.

Con esta modificación, el Ministerio estima que “se eliminan barreras para el impulso de la recarga eléctrica, se facilita la consecución de los objetivos de descarbonización del sector transporte y se impulsa la industria de la automoción, que tiene un peso muy significativo en la economía española, en términos de valor añadido, exportaciones y empleo”.

OBJETIVO DE 5 MILLONES DE COCHES ELÉCTRICOS EN 2030 Y 250.000 EN 2023.

El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) de España tiene como objetivo alcanzar los cinco millones de vehículos eléctricos en 2030, y para 2023 se ha establecido la meta intermedia de que circulen 250.000 vehículos eléctricos.

Para alcanzar estas cifras es necesario incrementar los puntos de recarga pública de alta capacidad, de modo que se evite la ‘ansiedad de autonomía’ -el temor a que la batería del vehículo se descargue totalmente durante el trayecto-, que frena muchas decisiones de compra de este tipo de vehículos.

En este sentido, la Ley de Cambio Climático y Transición Energética ya introduce la obligación de que las principales estaciones de servicio -con ventas anuales superiores a los cinco millones de litros- dispongan de puntos de recarga públicos.

Agencias

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