Condena a la Comunidad de Madrid a pagar las costas del proceso judicial frente a Cabify
MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado el servicio de paquetería que Cabify lanzó en abril de 2020, al determinar ajustado a derecho el uso de turismos vinculados a licencias VTC para el transporte de pequeñas mercancías.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que los magistrados estiman el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Prestige and Limousine, S.L. contra la desestimación presunta de la reclamación presentada al amparo del artículo 26 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
A la compañía se le requirió que dejara de prestar el servicio denominado Envios BY PyL y eliminar cualquier alusión al mismo en la página web, resolución que ahora se anula por no ser conforme a derecho.
La Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid, dependiente de la Consejería de Transportes e Infraestructuras requirió que cesase hasta en 12 ocasiones.
En la resolución, los magistrados determinan que el uso de vehículos turismo para el transporte de pequeñas mercancías es perfectamente conforme a derecho.
“Tales preceptos permiten con claridad, por un lado, que los vehículos que cuenten con licencia VTC puedan transportar tanto el equipaje de los viajeros que ocupen el vehículo como otros objetos o encargos distintos de los equipajes de los viajeros, cuando su transporte resulte compatible con las características del vehículo y no implique molestias o inconvenientes”, señala.
Esta sentencia también afirma que la Consejería de Transportes e Infraestructuras del anterior gobierno de la Comunidad de Madrid “vulneró el derecho de libertad de establecimiento [de Cabify] por introducir requisitos innecesarios y desproporcionados”, al requerirle el cese del servicio de Cabify Envíos.
La sentencia del TSJM va en línea con la Resolución de la CNMC de febrero de 2021, que avaló el servicio de paquetería de Cabify y definió como “innecesario y desproporcionado” el requerimiento de cese del servicio de paquetería del grupo Cabify notificado por la Dirección General de Transportes de la Comunidad Autónoma de Madrid, gestionada por el equipo del exconsejero Ángel Garrido.
Además, el TSJM condena a la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid a abonar las costas del proceso, puesto que dicha parte “ha visto rechazadas todas sus pretensiones, al no apreciarse que el caso presentara serias dudas de hecho o de derecho”.
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