MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha desestimado las solicitudes de ‘Información Números de Teléfono S.L.U’ y de ‘Teléfono de Información al Cliente 24 Horas S.L.’ en las que exigían a Telefónica la devolución de los pagos de determinadas cantidades tras el bloqueo del tráfico hacia los teléfonos de tarificación especial 11887 y 11827, respectivamente, realizado por la operadora en 2020.
En concreto, la compañía comunicó al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital el bloqueo de la interconexión y la retención de los pagos de las numeraciones 11827 y 11887 entre el 27 de enero y el 27 de febrero de 2020 dado que, según la normativa, la empresa está autorizada a proceder a la adopción de este tipo de medidas en caso de detectar un “tráfico irregular con fines fraudulentos”.
Según Telefónica, el 26 de febrero de 2020 identificó tráfico irregular con fines fraudulentos hacia los números 11827 y 11887 “provocado o inducido por comunicaciones no solicitadas”.
En este contexto, ‘Teléfono de Información al Cliente 24 Horas S.L’ solicitaba a la CNMC que Telefónica le abonase “los importes retenidos correspondientes al 26% de las llamadas” no afectadas por ese tráfico irregular, entre otros elementos.
Por su parte, ‘Información Números de Teléfono S.L.U’ pedía a la CNMC que Telefónica le pagase “los importes retenidos correspondientes al 42% de las llamadas” no afectadas.
La CNMC ha desestimado ambas solicitudes y ha recordado que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que las dos empresas pueden interponer contra ella un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.