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Iberdrola dice ante la Audiencia Nacional que no hubo “conducta indebida” en el alza de la luz de 2013

Destaca que el consejo de administración no tenía entre sus funciones revisar las ofertas diarias que se lanzaban al mercado

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

Francisco de Borja García, la persona designada por Iberdrola para que respondiera en su nombre en el juicio que se celebra en la Audiencia Nacional contra esta compañía y cuatro de sus directivos por presuntamente idear un sistema que en diciembre de 2013 provocó una subida del precio de la luz relevante, ha señalado a preguntas del Ministerio Fiscal que la eléctrica, tras revisar el caso, no apreció ninguna “conducta indebida o reprochable” y que las funciones del Consejo de Administración no alcanzan a la revisión de ofertas diarias de energía.

En esta segunda jornada de esta vista oral, que tiene lugar en la sede de San Fernando de Henares, han declarado, además del representante de Iberdrola Generación, los que en 2013 eran responsables de Gestión de Activos, José Luis Rapún; y Mercados a Corto Plazo y Generación Global, Javier Paradinas. En este juicio se trata de delimitar la responsabilidad penal de la energética y los cuatro directivos por el supuesto sistema ideado en 2013 con la presunta finalidad de “provocar una subida del precio de la energía eléctrica y perjudicar a los consumidores” –tal y como reza el escrito de acusación del fiscal–.

Si bien en el día de ayer los dos directivos que comparecieron –Ángel Chiarri y Gregorio Relaño– coincidieron en subrayar que no recibieron consignas o estrategias por parte de la compañía, hoy el representante de Iberdrola que se ha sentado ante el juez ha recalcado que en el periodo de los hechos investigados y que va del 30 de noviembre al 23 de diciembre de 2013 se dio “una consistencia en la forma de actuar” del equipo responsable de lanzar las ofertas al mercado.

Además, ha destacado que el Consejo de Administración de la energética, “una empresa grande”, no tenía entre sus funciones supervisar “la formulación de ofertas, que son miles diarias”. “Supervisaba asuntos estratégicos y temas sensibles”, ha señalado para acotar hasta dónde llegaba la responsabilidad del consejo en este asunto.

Al hilo, y sobre cómo afrontó la compañía este asunto que saltó a los medios y que derivó en una multa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el responsable ha defendido el sistema de cumplimiento –compliance– de Iberdrola, activo desde 2002 y que está en revisión constante tanto interna como por medio de auditorías externas que “confirman la efectividad del sistema”.

REUNIONES SEMANALES

Se ha vuelto a poner sobre la mesa que la decisión de los precios de cada energía –hidráulica, eólica, carbón, gas– se trataba en reuniones semanales y que todo quedaba plasmado en un plan semanal que se enviaba a los responsable directivos de Iberdrola Gestión. El plan era realizado por un ‘trader’ que dependía de Paradinas si bien la decisión era “colegiada” porque en esa reunión “transparente” –según palabras del propio Paradinas– participaba un gran número de personas del equipo.

Y, una vez más, una de las preguntas que ha sobrevolado a cada uno de los directivos comparecientes ha sido la de si en esa fecha hubo alguna indicación por parte de directivos superiores para determinar el precio que debía marcar la energía hidroeléctrica –la que se deriva de los embalses–, a lo que ambos han coincidido en responder que “no” y que “nunca”.

Esto es relevante porque según el escrito Ministerio Público, Iberdrola Generación, quebrantando el orden de mérito de las centrales en el despacho de producción, provocó la reducción de generación eléctrica de las centrales hidráulicas de Duero, Sil y Tajo, y, como consecuencia, provocó que las operaciones de compra se casaran con la energía procedente de las centrales de ciclo combinado, de coste superior y en un rango de precios también más elevado situado entre los 80/90 €/MWh frente a la media de precios de la energía proveniente de las centrales hidráulicas situado en 45/55 €/MWh.

EL COSTE DEL AGUA

Un día más, el plenario ha abordado aspectos del mercado energético muy técnicos –el propio juez ha espetado en un momento dado que hacía determinadas preguntas porque era “un profano” en la materia–, y se ha entrado a analizar, en preguntas a Rapún, en cómo se fijaba el coste de la energía hidráulica.

Al respecto, ha explicado que siempre se le asigna el precio de la tecnología que vaya a reemplazar, y que unas veces es el carbón y otras el gas, porque no se le asigna un precio propio –que sería muy reducido– dado que se tiene en cuenta el principio del coste de oportunidad dado que el agua es un bien escaso.

Así, ha sostenido que en el 28 de noviembre de 2013 se produce un hecho importante y es que se empieza a fijar el precio del agua atendiendo al de los ciclos combinados –gas– en detrimento del carbón y esto hace que el coste de sustitución se eleve exponencialmente “hasta los 90 o 100 euros el mgw/hora”.

Ese precio alto de la energía hidroeléctrica generó que no se despachara al mercado, y el fiscal ha querido saber si esa decisión tuvo que ver con alguna decisión de un superior de los cuatro directivos encausados y si tuvo que ver con la polémica que existía entre esa compañía y el Gobierno de Rajoy a costa del déficit de tarifa. Rapún ha negado consignas, como sus compañeros, y ha sostenido que en los planes semanales “se veía claramente que la oferta hidroeléctrica iba a tener el precio de los combustibles más caros”.

Para valorar esos precios, Paradinas, respondiendo a las acusaciones particulares, ha vuelto a explicar que contaban con modelos matemáticos que recogían, entre otros, las previsiones de producción de las distintas energías, y ha explicado que el desarrollo de ese sistema viene tanto del conocimiento de la compañía sobre el mercado como de desarrolladores externos, otros proveedores.

Por su parte, Rapún sobre esos días de 2013 ha querido recordar ante el plenario que se vivía un momento de más demanda de energía por las bajas temperaturas, que había poca renovable porque hubo un bajón en la éolicidad, que había determinadas desconexiones en por averías en nucleares y que se daba un déficit en el gas que venía de Argelia.

Y ha enfatizado a preguntas de su defensa que el resto de compañías con las que competía Iberdrola se comportaron igual que ellos, destacando que de hecho no fueron los que más subieron el precio de la energía ni los que lo hicieron antes.

PETICIÓN DE PENAS

Para los cuatro directivos la Fiscalía solicita, respectivamente, la pena de dos años de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión, oficio, industria, comercio, relacionado con la generación o comercialización de energía eléctrica, y multa de 12 meses con una cuota diaria de 400 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 1 día de privación de libertad por cada 2 cuotas diarias no satisfechas.

El Ministerio Público pide igualmente que se imponga a Iberdrola Generación una pena de multa de 84.891.272 euros — el cuádruple del beneficio obtenido– así como el decomiso de las ganancias obtenidas.

Cabe recordar que en noviembre de 2015 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso una sanción de 25 millones de euros a Iberdrola Generación por la manipulación del precio de la energía eléctrica, considerada como una conducta muy grave, en referencia a las actuaciones realizadas mediante el incremento del precio de las ofertas de las centrales hidráulicas de Duero, Sil y Tajo, entre el 30 de noviembre de 2013 y el 23 de diciembre de 2013.

Agencias

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