MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles el real decreto, que fue aprobado ayer por el Consejo de Ministros, que simplifica el procedimiento de acceso a las ayudas de las organizaciones profesionales y acuícolas y dar mayor uniformidad a los criterios e interpretaciones de las distintas unidades gestoras del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (Fempa) para impulsar la capacidad de actuación de las organizaciones de productores.
En concreto, el Gobierno ha reiterado que estas organizaciones profesionales, “además de tener un papel fundamental para la cohesión, han demostrado ser capaces de desempeñar un rol de impulsores de crecimiento para todo el sector”, según recoge el BOE.
De esta forma, se ha modifica la norma que establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales delsector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMPA), y sus bases reguladoras de ámbito estatal.
Con esta modificación finaliza la actualización y adaptación al nuevo FEMPA de la normativa que afecta a las organizaciones profesionales de la pesca y la acuicultura, lo que permitirá unificar criterios entre las distintas administraciones gestoras de las ayudas y facilitar la comprensión por parte de los beneficiarios, de manera que haya un uso más eficiente de esta herramienta, que son los planes de producción y comercialización y, al mismo tiempo, asegurar el estricto cumplimiento de las reglas europeas en materia de límites de fondos.
Los beneficiarios de estas ayudas serán las organizaciones profesionales de ámbito nacional y transnacional que estén dadas dealta ya en el Registro de Organizaciones de Productores Pesqueros, en las Asociaciones de Organizaciones de Productores o en el Registro deOrganizaciones Interprofesionales Agroalimentarias establecido en la normativa nacional.
Entre las novedades, destacado la posibilidad de llegar al 100% de financiación en aquellas medidas que el FEMPA ha establecido como prioritarias, como por ejemplo la mejora de la selectividad de las artes de pesca, la puesta en marcha de soluciones innovadoras o el impulso a la pesca artesanal.
Sin embargo, precisa que esta ayuda del 100% estará supeditada a la aportación de un estudio en el que se analicen los resultados obtenidos y demuestre que dicha medida ha contribuido a mejorar la selectividad. Así, si los resultados no son satisfactorios se aplicará la ayuda del 75%, según se recoge en el BOE.
Podrán optar al 100% de la ayuda aquellas medidas relacionadas con lapesca costera artesanal si el 100% de los buques de la OPP tienen menos de 12 metros de eslora y no practican la modalidad de pesca de arrastre siempre y cuando dichas medidas no se refieran a celebración de seminarios y jornadas de divulgación, obras que den lugar o que afecten a inmuebles, instalación de inversiones que no incorporen componente innovador, acciones de promoción y comunicación a la sociedad, embarque de observadores o adquisición e instalación de observadores electrónicos y labores de asistencia legal a los miembros de la organización pesquera.
Además, el límite máximo de financiación sigue en el 12% del valor medio de la producción de la organización en los últimos tres años, como resultado el éxito de las medidas ejecutadas en los planes de producción y comercialización por las que dicho techo aumentó del 3% al 12%.
De esta forma se potencian las acciones desempeñadas por las organizaciones, especialmente las relacionadas con sus planes de producción y comercialización para que sean verdaderos instrumentos de aplicación de la Política Pesquera Común (PPC) y dar, así cumplimiento, al papel que les asigna la organización común de mercados de la pesca.