La futura ley de residuos contempla una tasa de 0,45 euros por kilogramo a los envases de plástico no reutilizables
MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
El Gobierno quiere armonizar en toda España el impuesto verde al depósito de residuos en vertedero o su incineración que unas comunidades autónomas aplican y otras no. Así consta en el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados en su última versión –de finales de abril– que ya incorpora las recomendaciones del Consejo de Estado.
El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, prevé fomentar la reutilización de productos y tratará de evitar los residuos que terminan en vertederos a través de dos nuevos impuestos verdes, uno directo y otro indirecto, el establecimiento de objetivos de reducción de residuos y otras medidas que incentiven la economía circular y la lucha contra la obsolescencia programada.
La ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, confirmó a finales de abril que el Consejo de Ministros aprobará la propuesta legislativa durante el mes de mayo, para su posterior remisión al Congreso de los Diputados.
En concreto, el anteproyecto de ley incorpora, entre sus 118 artículos, dos nuevos impuestos o medidas fiscales para incentivar la economía circular centradas en reducir la generación de residuos, mejorar la gestión de los que no se puedan evitar, por un lado y, por otro, minimizar el depósito en vertedero.
Para ello, el texto desarrolla dos instrumentos económicos. Por un lado, para reducir la generación de residuos y mejorar la gestión de aquellos cuya generación no pueda evitarse a través de un impuesto sobre los tratamientos, en función de si su destino es el depósito en vertedero, la incineración o la coincinieración. El objetivo, según expone el Gobierno, es disminuir las opciones de gestión “menos favorables”.
De este modo, establece un impuesto especial de 0,45 euros por kilogramo a los envases de plástico no reutilizables, y el segundo, un impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos que ya aplican unas comunidades autónomas pero otras no.
Respecto al impuesto especial sobre los envases de plástico, que se recoge en el artículo 68, quedarán incluidos todos los envases no reutilizables que contengan plástico diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías excepto si estos son necesarios para preservar o contener un artículo “durante toda su vida útil”.
Por ejemplo, no son reutilizables los productos semielaborados como preformas o láminas de termoplástico; los productos para el cierre, la comercialización o la presentación de envases; los que están compuestos de más de un material, y uno de ellos sea plástico, en cuyo caso se gravará por la cantidad de plástico que contengan. De hecho, para este impuesto se considerará envase todo lo destinado a contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, como los vasos de plástico o los rollos de plástico para embalar.
Este impuesto recaerá en la fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de envases no reutilizables y su base imponible será la cantidad de plástico no reciclado que contenga en los productos susceptibles de pagar esta carga, que será de 0,45 euros por kilogramo.
Quedan exentos de pago las pinturas, tintas, lacas y adhesivos para ser incorporados a los productos destinados a tener la función de contener, proteger, manipular o entregar bienes o productos, así como las pequeñas importaciones o adquisiciones intracomunitarias de envases.
Igualmente, quedan exentos del impuesto los productos que se destinan a contener, proteger, manipular, distribuir y presentar medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales o preparados para lactantes de uso hospitalario, así como los rollos de plástico para ensilados de uso agrícola y ganadero.
La segunda de las medidas fiscales es un impuesto al deposito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. El Gobierno considera en su borrador de ley que se trata de un “mecanismo clave” para avanzar en economía circular y en los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado.
ARMONIZAR IMPUESTOS EN TODAS LAS CCAA
Por el contrario, entiende que es un “desincentivo” para las opciones menos favorables conforme al principio de jerarquía de residuos y confía en que esta medida favorecerá el desvío de los residuos hacia opciones más favorables, como el reciclado.
El anteproyecto de ley admite que esta figura impositiva “ya está vigente” en varias comunidades autónomas, pero observa que la “falta de armonización” en los elementos configuradores de los diversos impuestos autonómicos junto con el hecho de que algunas comunidades autónomas hayan hecho uso de este impuesto “y otras no”, debilita la “efectividad” de este instrumento “de cara al cumplimiento de los objetivos fijados por la Unión Europea”, al tiempo que implica “un incremento de los costes indirectos para los contribuyentes”.
Por ello, aclara que el impuesto sobre el depósito en vertederos, la incineración y la coincinieración es de carácter indirecto y recae sobre los residuos que se tratan a través de la gestión de residuos.
El impuesto descansará en las comunidades autónomas que “también podrán asumir las competencias de gestión de esta figura”. No obstante, figuran algunas exenciones, como que sean las autoridades públicas las que ordenen esta entrega en vertedero en situaciones de fuerza mayor; la extrema necesidad o catástrofe; cuando se trate de decomisos de bienes a destruir; cuando la entrega sea de residuos para los que exista la obligación legal de eliminación, entre otras excepciones.
Por otro lado, la propuesta contempla una batería de “ejemplos de instrumentos económicos” y otras medidas para reducir estos residuos tales como tasas y restricciones que se pueden aplicar en operaciones de depósito en vertedero o incineración con el fin de que esa sea la opción “menos deseable” en el tratamiento de los residuos.
Otros métodos a los que abre la puerta son el sistema de pago por generación de residuos a los productores, de acuerdo con la cantidad real de residuos generados e incentivos para la separación en origen de los residuos reciclables así como a la donación de productos, sobre todo de alimentos; establecer regímenes de responsabilidad ampliada del productor para diferentes tipos de residuos; sistemas de depósito y devolución y otras medidas que incentive la recogida eficiente de productos y materiales usados.
Asimismo, plantea fomentar la contratación pública sostenible que incentive la mejor gestión de los residuos, el uso de productos y materiales reutilizados, reparados y reciclados, así como la reparación de los productos.
Otra propuesta incide en el apoyo a la investigación y la innovación en el diseño y desarrollo de productos para que tengan en cuenta todo el ciclo de vida de forma que sean reciclables, reparables, reutilizables y actualizables, y de tecnologías y procesos que minimicen la producción de residuos; así como en tecnologías de reciclado avanzadas y refabricación.
Por último, prevé incentivos económicos para que las administraciones públicas “intensifiquen” los sistemas de recogida separada así como las campañas de concienciación pública, en particular sobre la recogida separada y la reducción de la basura dispersa.
Finalmente, establece objetivos obligatorios de reutilización; el estudio de medidas contra la obsolescencia programada; la incorporación de medidas para que los envases y la paquetería sean reutilizables; medidas para fomentar la restauración voluntaria de suelos contaminados; iniciativas para impulsar sistemas como la recogida puerta a puerta en los Ayuntamientos y para fomentar la responsabilidad pesquera en la gestión de sus residuos, tanto en tierra como en mar.