MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
El Gobierno ha previsto para el año 2022 una dotación de 7.004 millones de euros para las comunidades autónomas, al margen del sistema de financiación, que irá destinado para cubrir las liquidaciones negativas de 2020 y para la devolución del IVA del año 2017 tras la sentencia del Tribunal Supremo que obligaba al Estado a reembolsar este dinero.
Así consta en el proyecto de presupuestos generales del Estado (PGE) que la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha expuesto este miércoles en el Congreso de los Diputados, donde arrancan su trámite parlamentario.
De este modo, la sección 37 del proyecto de cuentas públicas recoge estas dotaciones por importe de 7.004 millones de euros para las comunidades autónomas, mientras que el destinado a las entidades locales será de 1.228 millones de euros. Además, los créditos presupuestarios correspondientes tienen carácter de ampliables.
La ministra de Hacienda ya anunció el pasado mes de julio a las comunidades autónomas y entidades locales que se transferiría este dinero para cubrir las liquidaciones negativas del año más duro de la pandemia del Covid y para dar cumplimiento a las sentencias del Supremo que obligaban a devolver la liquidación del IVA de 2017.
Pero es ahora cuando el Gobierno ha plasmado esa dotación, al margen del sistema de financiación, en estas partidas de los presupuestos generales del Estado.
UNA CUANTÍA POR LOS INTERESES
Según se desprende de este proyecto de presupuestos, la compensación será fijada por la diferencia entre el resultado de la liquidación practicada en 2019, y la que habría resultado de computar en dicha liquidación la recaudación del IVA devengado del mes de noviembre de 2017, que se recaudó en 2018 como consecuencia del SII IVA.
Además, la compensación incluirá un importe equivalente a la cuantíade los intereses legales devengados. Eso sí, para acceder a esta compensación, las CCAA de régimen común y Ceuta y Melilla deberán aceptar esta medida y asumir el compromiso “de no iniciar nuevos procedimientos en vía administrativa o judicial relativos a estas reivindicaciones”.
Respecto a las entidades locales, si estas no reintegran el importe ingresado en concepto de compensación en el plazo de dos meses, se considerará aceptada como medida que permite dar satisfacción a todas las reivindicaciones de la entidad local relativas a la implantación del SII IVA y asumido el compromiso de no iniciar nuevos procedimientos en vía administrativa o judicial.
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