La EMVS y Fidere plantean que se arrebate al PSOE y a los afectados la condición de perjudicados
MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
El exconsejero delegado de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid, Fermín Oslé Uranga ha justificado en el juicio por la supuesta venta irregular de 1.860 viviendas públicas al fondo de inversión Blackstone que la operación respondía a la necesidad que había de salvar a la empresa pública de “la crítica” situación financiera que atravesaba debido a la crisis del mercado inmobiliario.
El juicio contra Oslé Uranga, y Alfonso Benavides Grases, antiguo apoderado de Fidere Vivienda, ha arrancado esta mañana con las cuestiones previas y la declaración de los acusados. En la fase testifical está citada el próximo 12 de noviembre la exalcaldesa de Madrid Ana Botella, quien fue absuelta por parte del Tribunal Supremo y el Tribunal de Cuentas.
En el juicio, el fiscal no imputa ningún delito a los dos acusados y solicita la absolución. En cambio, la Asociación de Afectados por la Venta de la EMVS solicita ocho años de cárcel por fraude, prevaricación, malversación de causales públicos y un delito del artículo 289 del Código Penal, así como ocho años de inhabilitación para ejercer como cargo público. La mercantil Fidere figura como responsable civil subsidiaria.
En su declaración, el exconsejero delegado de la EMVS ha expuesto la mala situación financiera que afrontaba la empresa pública por la crisis del mercado, ya que “no había posibilidad de venta de activos ni de suelo”. Se sienta en el banquillo al ser el máximo responsable de la operación que firmó para la venta de 1.860 viviendas sociales al citado fondo de inversión por 125,5 millones de euros, un precio por debajo del valor neto contable.
“Se plantea contratar a intermediarios inmobiliarios para poner en valor el patrimonio de la EMVS con la finalidad de mantener la empresa”, ha señalado indicando que había dos opciones. Una de ellas era hacer un plan de viabilidad para maximizar ofertas y vender activos, y otra ir a un concurso de acreedores.
“La situación desde un punto de vista financiero era difícil de sostener. No había venta de suelo libre ni de uso residencial. Era difícil acceder a préstamos hipotecarios y la venta de viviendas era inexistente”, ha esgrimido.
Los expertos inmobiliarios recomendaron entonces la enajenación de activos de viviendas ante el interés de inversores extranjeros en la compra de pisos de protección oficial y de alquiler.
Respecto a la oferta de Blackstone ha dicho que defendía sus intereses y ha señalado que el Comité de Dirección valoró de forma positiva el precio. “El máximo responsable era yo. Esa operación estaba dentro del plan de viabilidad”, ha subrayado.
De igual modo, ha defendido que el procedimiento fue “absolutamente legal” y que a pesar de no estar sujeto a las normas de contratación pública, siguió el procedimiento de publicidad, transparencia y concurrencia.
A preguntas sobre por qué a los inquilinos no se les ofreció ese precio, ha replicado que se “vendió al precio que se vendió”, agregando que era un “precio libre” debido a la situación crítica de la empresa pública.
Asimismo, ha asegurado que no tiene ninguna relación personal con el otro acusado, con quien no se reunió en privado. “Nunca me he reunido solo con nadie. No había nada que ocultar. A todos se les daba la misma información”, ha aseverado.
En su turno, Benavides ha insistido en que el procedimiento llevado a cabo con la EMVS fue similar al de otras operaciones de compraventa, indicando que en el documento el precio se deja en blanco para no generar “suspicacias”.
También ha dicho el apoderado del fondo de inversión que hubo que ajustar el precio en el último momento –unos dos millones de euros menos– debido a que había un desajuste entre los gastos y los ingresos que tendrían por las rentas.
PSOE Y AFECTADOS
En las cuestiones previas, el abogado de Fidere ha esgrimido la falta de legitimación de las acusaciones que ejerce la representación en nombre de la exconcejal socialista Purificación Causapie y los afectados al considerar que no son perjudicados, aludiendo a jurisprudencia en casos como Nóos o el caso Gürtel. “Tiene que haber una conexión directa porque puede provocar un desequilibrio entre las partes”, ha reseñado el letrado.
De igual modo, la defensa de la EMVS ha planteado la falta de legitimidad de los afectados y del PSOE afirmando que el único perjudicado en el proceso es la propia EMVS.
Frente a ello, el abogado de los afectados, Mariano Benítez de Lugo, ha insistido en que no se puede descartar que la operación se revierta, lo que beneficiaría directamente a los damnificados directos de la operación en tela de juicio al recuperar una oposición arrendaticia.
Benítez de Lugo se ha quejado de que esta fase del juicio se haya convertido en “un cajón desastre” para plantear cuestiones extemporáneos fuera de plazo y que debían haber sido expuestas en fase de instrucción.
Por su parte, el fiscal se ha mostrado contrario a que estas acusaciones ejerzan como acusación particular si bien ha dicho que deben continuar así e el procedimiento. El tribunal se pronunciara sobre esta cuestión en sentencia.
Además del ámbito judicial, el caso tuvo una vertiente administrativa y económica por parte del Tribunal de Cuentas. En septiembre de 2017, se hizo público informe de fiscalización elaborado por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, que se centraba en los ejercicios 2012 y 2013, bajo un mandato del PP.
En el informe se señalaba que la venta se produjo sin fijar con carácter previo el valor de los inmuebles a enajenar ya que lo más parecido a ello es una estimación realizada por una entidad, que además resultó ser asesora de los adjudicatarios.
A eso se sumaba que no existía una concurrencia real de eventuales compradores dada la información privilegiada que con carácter previo al acuerdo de la venta tuvieron cuatro compañías, entre ella la adjudicataria Magic Real State, que después cedió sus derechos a las compañías Fidere.
Ana Botella resultó exonerada del caso después de que el Tribunal de Cuentas revocara una sentencia condenatoria y absolviera a la exalcaldesa y a siete miembros de su equipo. La sentencia revocada condenaba a los acusados a abonar solidariamente de sus bolsillos 22,7 millones de euros.
NO VE DELITO
En su escrito, la Fiscalía subraya que “el procedimiento en todo momento se ajustó a las prescripciones establecidas en el artículo 85 ter de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y al artículo 18 del Decreto 74/09, Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid”.
A su juicio, ello “permitía la enajenación por sus titulares de las viviendas con protección pública para arrendamiento y arrendamiento con opción a compra por promociones completas y a precio libre, previa autorización de la Consejería competente en materia de vivienda”.
Por tanto, entiende que se siguieron “en todo momento los principios establecidos en el artículo 1 de la Ley de Contratos del Sector Público, de aplicación complementaria para resolver lagunas en aquéllos contratos excluidos de la Ley entre los que se encontraban los de enajenación de inmuebles”.
En cuanto a la EMVS, apunta que “a resultas de la operación, el ejercicio económico de 2013 arrojó un resultado positivo en todas sus partidas, incrementando el patrimonio neto y los fondos propios y reduciendo el pasivo, conforme a las previsiones del Plan de Viabilidad y dando cumplimiento a las obligaciones de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera”.