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El Congreso exige al Gobierno garantizar por ley permisos retribuidos de varios días cuando fallece un hijo

También pide blindar permisos para acompañar a un menor a cargo al médico

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Congreso ha instado al Gobierno, a propuesta de Esquerra Republicana (ERC), a garantizar por ley la existencia de nuevos permisos laborales retribuidos de varios días para aquellos trabajadores autónomos o por cuenta ajena que pierdan a un hijo, así como permisos “por el tiempo indispensable” para acompañar a un menor para la realización de pruebas médicas.

En concreto, la Cámara Baja ha refrendado cuatro de los cinco puntos que se incluían en una proposición no de ley de ERC, que han salido adelante sin votos en contra. El único punto rechazado pedía crear un mecanismo a favor de las pequeñas empresas para compensar estos permisos retribuidos.

Estos permisos retribuidos obedecen a diferentes situaciones. Así, el primer y el segundo punto instan al Gobierno a un permiso “por el tiempo indispensable” para que los asalariados o autónomos puedan acudir a atención primaria, de urgencias o especializada. Esto también aplica cuando se tenga que acompañar a un hijo o hija o menor a cargo.

También se incluyen la realización de pruebas diagnósticas y tratamientos de recuperación y rehabilitación incluyendo en todo caso atención psicológica, psiquiátrica, oftalmológica, odontológica, dermatológica, fisioterapéutica, osteopática y todas las especialidades requeridas para la mejora de la salud, de naturaleza pública o privada.

Por otro lado, el Congreso demanda al Gobierno un permiso retribuido de cinco días hábiles para los trabajadores por la pérdida gestacional entre la sexta semana y el día 179 de gestación.

Por último, con la propuesta de ERC se insta al Ejecutivo a plantear las modificaciones normativas oportunas para garantizar por ley la existencia de un permiso retribuido de diez días hábiles para los trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena por el fallecimiento de una hija o hijo.

En estos dos últimos puntos, cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará, como mínimo, dos días más o cuantos resultara imprescindible para trasladarse al lugar, bien sea de residencia del progenitor gestante o de defunción o exequias, según el caso.

Agencias

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