La iniciativa, que regula el alquiler, llega a la Cámara antes que la ley pactada en el Gobierno de coalición, aún en fase de anteproyecto
MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
El Pleno del Congreso debatirá este martes la ley impulsada por los sindicatos y los colectivos de vivienda, que fue registrada por Unidas Podemos, Esquerra Republicana (ERC), EH-Bildu, Junts, la CUP, Más País-Equo, Compromís, BNG y Nueva Canarias.
La iniciativa, que incluye la regulación de precios del alquiler. La iniciativa, fue presentada en el Congreso el pasado mes de septiembre por los sindicatos CCOO, UGT, el Sindicato de Inquilinos y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), entre otras organizaciones, cuando PSOE y Unidas Podemos aún negociaban la nueva Ley de Vivienda y la regulación de precios del alquiler.
Una vez aceptó el PSOE la intervención de precios, el Gobierno aprobó a finales de octubre en Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, que aún está pendiente de salir de Moncloa como proyecto de ley y por tanto aún no ha llegado a las Cortes Generales.
Desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana informan a Europa Press que la intención del Gobierno es poder aprobar la norma como proyecto de ley y remitirla al Parlamento antes de finalizar el año.
UNA LEY DE VIVIENDA ANTES QUE LA ANUNCIADA POR EL GOBIERNO
Pero el Congreso debatirá primero la propuesta de los sindicatos y las plataformas de vivienda. Según confirman a Europa Press fuentes parlamentarias, al menos Esquerra, Bildu, la CUP, BNG y Compromís tienen intención de defender la iniciativa en la tribuna.
La propuesta de los movimientos sociales, denominada ‘Ley de garantía del derecho a la vivienda digna y adecuada’, a la que ha tenido acceso Europa Press, está dirigida a hacer real y efectivo el derecho de toda persona “a una vivienda digna, adecuada y asequible”.
Para ello, contempla modificaciones legales en la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero también en la regulación hipotecaria, judicial, y establece un objetivo para que los municipios con más demanda residencial dispongan en un plazo de veinte años de un 20% de vivienda social respecto al total del parque de viviendas.
ZONA TENSIONADA SI LA RENTA MEDIA SUPERA EL 30% DE INGRESOS MEDIOS
Respecto al alquiler, la reforma planteada por los sindicatos y los colectivos de vivienda habilita a declarar zonas tensionadas a partir de una serie de circunstancias, como que la renta media supere el 30% de los ingresos medios o que en cinco años se acumule un crecimiento de los precios de al menos tres puntos por encima de la tasa interanual del IPC de la comunidad autónoma correspondiente.
Esta declaración de zona tensionada podrá ser de hasta cinco años, se podrá prorrogar año a año, y habilitará a los ayuntamientos a aplicar las medidas que consideren para determinar, a partir del índice de precios, rentas máximas en los alquileres.
HABILITA RECARGOS DEL IBI A VIVIENDA VACÍA DE GRANDES TENEDORES
También se regula en la ley la información que deben recoger los contratos de alquiler, y los gastos que deben asumir las partes. También habilita políticas de control del alquiler turístico y crea un registro de contratos para poder ser utilizado por organismos públicos para la consecución efectiva de los fines de la ley y con fines estadísticos
Otra medida, esta dirigida a aumentar la oferta de vivienda, pasa por habilitar a los ayuntamientos a aplicar recargos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en viviendas vacías de los grandes tenedores. Asimismo, se anula el régimen fiscal especial de las Socimis, que pasarían a tributar en el régimen general.
PROHIBICIÓN DE DESAHUCIOS SIN ALTERNATIVA
Por otro lado, la ley establece la prohibición expresa de los desahucios sin alternativa habitacional en situación de vulnerabilidad y también trata de garantizar los suministros básicos, aplicando el principio de precaución en caso de impago, y con una tarifa social de agua, gas y electricidad, a financiar por empresas productoras, distribuidoras y comercializadoras.
También regula la dación en pago, modifica la Ley Concursal para mejorar el derecho a una segunda oportunidad, limita la responsabilidad al bien hipotecado, e impide el embargo de la única vivienda de las terceras personas que avalen un préstamo.