MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
El despacho Arriaga Asociados ha presentado una querella en la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo contra cuatro magistrados de la Sala Primera de lo Civil del Alto Tribunal por la posible comisión de “delitos de prevaricación y coacciones”, al considerar que no aplicaron la jurisprudencia europea sobre el índice IRPH.
La Sala Primera del Tribunal Supremo dictó el pasado 27 de enero de 2022 tres sentencias relativas a la nulidad de la cláusula IRPH en contratos hipotecarios, en las que reconoció que, pesar de ser no transparente, no es abusiva, pues no era necesario informar al cliente al tratarse de un índice oficial.
El Tribunal Supremo se pronunció así en aplicación del criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que reiteró que el IRPH no era un índice abusivo y aclaró que no era necesario que el banco entregase al consumidor un folleto previo que recogiese la evolución anterior del índice.
Según denuncia Arriaga Asociados en su querella, Europa exige estudiar cada caso del IRPH de forma individual y el Tribunal Supremo utiliza argumentos “genéricos y masivos” en favor de la posición de los bancos, como que la mera publicación del IRPH en el BOE hace que el consumidor conozca el coste de su préstamo, sin tener en cuenta que cualquier consumidor medio, en la década de los 2000, no tenía acceso al BOE y en este no se explica el funcionamiento del índice
“El Alto Tribunal exime a los bancos de informar a sus clientes, aunque esto suponga un grave perjuicio para ellos, contraviniendo al TJUE”, sostiene el despacho.
Asimismo, el bufete resalta que el Tribunal Supremo solo cita la mitad del párrafo del auto del TJUE sobre la existencia de datos públicos disponibles y accesibles sobre el índice IRPH (en el BOE) y “omite maliciosa y deliberadamente la segunda parte del párrafo donde Europa dice que el banco tiene que cumplir con el deber de informar personalmente”.
Por otro lado, el despacho recuerda que, en su auto del 15 de febrero, el Tribunal Supremo dictaminó que la retirada del recurso de casación por el consumidor no llevará aparejada la condena en costas en los litigios por IRPH por falta de “interés casacional”. En opinión de Arriaga Asociados, esto supone “incentivar de forma masiva a todos los consumidores a no presentar recursos de casación sobre el IRPH, sin estudiar el caso concreto, tal y como exige el Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.
Por todo ello, Arriaga Asociados ha decidido “perseguir e investigar la comisión de un posible delito de prevaricación, el cual se comete cuando, debiendo aplicar una determinada norma o jurisprudencia al dictar una sentencia, lo hace de manera injusta y a sabiendas, perjudicando a casi un millón de consumidores lo que supone la no devolución de más de 30.000 millones de euros según el análisis de la prensa económica”.
El despacho también ve necesario también investigar “un posible delito de coacciones”, cuando el Tribunal Supremo “incentiva y presiona al consumidor a no presentar o desistir de un recurso de casación de IRPH en contra de su deseo, bajo la premisa de ahorrarse la condena en costas”, como cree que subyace del auto de 15 de febrero.
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