MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
El Banco Central Europeo (BCE) califica de “desproporcionada” la rebaja a 1.000 euros del limite de los pagos en efectivo en la que una parte actúe como profesional o empresa en el marco de la legislación para la prevención y la lucha contra el fraude fiscal en vigor en España desde julio de 2021, según un dictamen de la institución, que advierte además del impacto “adverso e indeseable” en el estado de curso legal de los billetes en euros.
“El BCE considera desproporcionada la reducción del límite de los pagos en efectivo en operaciones en las que cualquiera de las partes actúa en calidad profesional o empresarial a 1.000”, opina el banco central, considerando que dicho tope reduce significativamente la capacidad de los pagadores para utilizar billetes en euros y la libertad de los ciudadanos para elegir cómo pagar.
Asimismo, el BCE señala que al ampliar a 10.000 euros el límite admitido para los pagos en efectivo realizados por personas físicas que no actúan en calidad profesional o comercial, que tampoco son residentes fiscales en España, a partes que actúan en calidad profesional o comercial, “esto discrimina los pagos realizados por residentes frente a los realizados por no residentes”.
Por otro lado, la institución considera que el régimen sancionador establecido por la Ley “parece excesivo” y, advierte de que, en particular, la multa del 25% del importe pagado, “parece desproporcionadamente elevada”.
Si bien el instituto emisor considera que el objetivo de la Ley de prevenir y combatir la evasión fiscal puede, en general, constituir una “razón pública” que justifique el establecimiento de limitaciones a los pagos en efectivo, recuerda que al limitar la posibilidad de cumplir con carácter general una obligación de pago en billetes y monedas de euro, “los Estados miembros deben velar por que las medidas adoptadas se ajusten al principio de proporcionalidad”.
En este sentido, el BCE considera que la legislación no aborda en la exposición de motivos el impacto social y el riesgo de exclusión financiera que resultaría de la reducción del anterior límite de 2.500 euros para los pagos en efectivo, además de señalar que tampoco proporciona pruebas claras de que con dicho límite sea, de hecho, probable lograr el objetivo público declarado ni se indica si se podrían haber adoptado medidas alternativas con un impacto menos adverso.
Por otra parte, la institución advierte de que el límite de pago en efectivo establecido en la Ley “dificulta significativamente” la liquidación de transacciones legítimas utilizando efectivo como medio de pago, poniendo así en peligro el concepto de moneda de curso legal consagrado en el Tratado.
Así, recuerda la propuesta del Parlamento Europeo y del Consejo en materia de prevención de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo para fijar un límite de pago en efectivo a escala de la Unión de 10.000 euros.
A este respecto, el BCE señala que “el umbral para la prohibición prevista de transacciones de consumidor a empresa y de empresa a empresa debe establecerse lo suficientemente alto para evitar un impacto fáctico que conduzca a la abolición de los billetes en euros”.
“Debe tenerse en cuenta que la capacidad de pago en efectivo sigue siendo especialmente importante para determinados grupos de la sociedad que, por diversas razones legítimas, prefieren utilizar el efectivo frente a otros instrumentos de pago”, recuerda el BCE, subrayando que “facilitan la inclusión de toda la población en la economía” y suponen un método de pago fundamental para las personas mayores, los inmigrantes, los discapacitados, y cualquier persona con acceso limitado a los servicios digitales.