MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha sacado a audiencia pública la Directiva 2019/2160 sobre la emisión y supervisión pública de bonos garantizados y la Directiva 2019/1160 sobre Distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva.
En un comunicado, el Ministerio ha defendido que la incorporación al ordenamiento jurídico español de la normativa europea sobre bonos garantizados supondrá una modernización de estos productos mejorando su calidad y eficiencia.
Esta norma homogeneiza el mercado de bonos garantizados en Europa al certificar que la seguridad de este producto es similar en todos los países y aumentar la transparencia y seguridad para los inversores.
La Directiva establece una serie de requisitos para garantizar la transparencia y calidad de los activos que forman parte de la cobertura. Por ejemplo, uno de estos exige que los activos sean de elevada calidad y designa un órgano de control para el conjunto de la cobertura, que realizará un seguimiento permanente.
Esta incluye otras obligaciones para dotar a estos productos de mayor resistencia frente a posibles crisis de solvencia o liquidez, al incrementar las garantías para los inversores, con lo que las entidades deberán mantener permanentemente un colchón de liquidez para atender los pagos de intereses y amortizaciones de las emisiones de bonos garantizados.
Asimismo, se refuerza también la inmunización de los préstamos del conjunto de cobertura frente a situaciones de resolución o liquidación de la entidad con la segregación del conjunto de cobertura y su asignación a un programa de emisión concreto, el mantenimiento del privilegio concursal y la individualización de un registro controlado de los préstamos que formen parte del conjunto de cobertura.
En cuanto a la Directiva transfronteriza de organismos de inversión colectiva, se profundiza en la Unión para el Mercado de Capitales al eliminar las barreras nacionales a la concurrencia de fondos.
El objetivo es lograr un mercado europeo más eficiente, con los mismos estándares de protección de todos los clientes en la UE. De esta forma, coordina las condiciones de los gestores de fondos que operan en la Unión Europea, facilita la comercialización de fondos de inversión armonizados (UCITS) a inversores de otros Estados y permite a los gestores realizar actividades de comercialización concarácter previo a la constitución del fondo, entre otras ventajas.
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