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Economía elimina la obligación de identificar a los grandes partícipes en los fondos de inversión

MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Asuntos Económicos ha planteado eliminar la obligación de identificar a los accionistas significativos en las gestoras de fondos de inversión, según se recoge en el proyecto de ley para modificar el reglamento de este tipo de entidades.

Concretamente, el proyecto de ley, que se encuentra en fase de audiencia pública, tiene por objetivo el modificar el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva.

Economía explica que el nuevo real decreto busca adaptar la legislación vigente tras los cambios introducidos en la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas y de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, así como trasponer varios directivas europeas.

Así, el nuevo real decreto elimina el artículo 31 del Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, en el que se obliga a comunicar trimestralmente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la identidad de los accionistas o partícipes que alcancen, superen o desciendan de una serie de umbrales que se consideran participaciones significativas en las sociedades de inversión o, en su caso, sus sociedades gestoras y las SGIIC de los fondos de inversión.

El Ministerio sostiene que eliminar esta obligación “va en línea” con la práctica de países del entorno y con la normativa sectorial europea, que “no imponen obligaciones análogas de suministro o publicidad” de esta información.

El artículo 31 obligaba a identificar a los partícipes que alcanzasen, superasen o descendiesen el 20%, el 40%, el 60%, el 80% o el 100% de participación en la sociedad o en el fondo.

El proyecto de ley también modifica, entre otros, el artículo 53, eliminando la exigencia de un coeficiente de liquidez del 1% para las IIC, puesto que la normativa “ya prevé suficientes mecanismos para la gestión de la liquidez” y, además, es una exigencia “que no está recogida” en el derecho de la Unión Europea.

Al respecto, el departamento que dirige la vicepresidenta primera, Nadia Calviño, resalta que la CNMV ha aprobado recientemente la Guía Técnica 1/2022 sobre la gestión y control de la liquidez de las IIC que desarrolla parte del artículo 53, “introduciendo criterios, prácticas, metodologías y procedimientos para el control y la gestión de la liquidez de las IIC”.

Agencias

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