MADRID, 8 (EUROPA PRESS)
El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, cree que el acuerdo alcanzado entre los sindicatos y la patronal para recomendar subidas salariales del 4% en 2023 y del 3% tanto para 2024 como para 2025 en los convenios colectivos es “bueno” ya que garantiza el poder adquisitivo de los trabajadores y avanza en el reparto de la riqueza en el país.
Álvarez ha señalado en una entrevista en el Canal 24 Horas, recogida por Europa Press, que este Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) destaca por sus subidas salariales y su cláusula de revisión salarial, que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025) para aplicar al inicio del siguiente ejercicio.
“Es muy necesario porque nos permite incorporar otras cuestiones que vienen de la reforma laboral”, ha añadido el líder de UGT.
Después de unos meses de advertencias de conflicto a la patronal si no se alcanzaba un acuerdo sobre convenios, Álvarez ha dado por garantizada la paz social, ya que este “acuerdo paraguas” harás “más fácil negociar” los más de 1.400 convenios pendientes.
“Creo que, con este acuerdo, vamos a avanzar en la concreción de los convenios colectivos y, lo que es más importante, nos permite enganchar a los trabajadores de los sectores que tienen más dificultades para llegar a un acuerdo”, ha comentado el secretario general del sindicato.
El acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, especifica que los negociadores de convenios colectivos deberán tener en cuenta las circunstancias específicas de su ámbito para fijar las condiciones salariales.
La idea, precisa el texto, es que las directrices contenidas en el acuerdo puedan adaptarse en cada sector o empresa, cuyas situaciones son “muy desiguales” en crecimiento, resultados o incidencia del salario mínimo interprofesional (SMI), todo ello con el objetivo del mantenimiento y la creación de empleo.
El AENC es un texto en el que sindicatos y empresarios recogen recomendaciones para sus negociadores de convenios colectivos, en el que suelen incluir tanto una senda salarial, como otras materias relacionadas con el empleo, por ejemplo cuestiones relativas a la contratación.
No es de obligado cumplimiento, pero sirve de guía a ambas partes cuando se sientan a negociar un convenio colectivo.