MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) plantean una reforma de los órganos de control del gasto público, desde el Tribunal de Cuentas hasta las Intervenciones de la Administración Local, pasando por la propia Intervención General del Estado y las propias de las comunidades autónomas.
La propuesta, realizada durante el XXI Curso de la Inspección de los tributos locales, que organiza la Asociación Nacional de Inspectores de Hacienda Pública Local (ANIHPL) y se celebra en A Coruña, incluye también una petición al Gobierno para que acometa estas reformas necesarias, tanto en la organización y funcionamiento de dichos órganos, como en los procedimientos a utilizar.
En concreto, el presidente de Gestha, Carlos Cruzado, ha indicado que pese a que en la mayoría de los casos de corrupción política y empresarial aparezcan siempre delitos fiscales y de blanqueo de capitales, las “debilidades” en el control del gasto público están muchas veces detrás de los mismos.
Asimismo, el presidente de Gestha apuesta por el establecimiento de un nuevo régimen de exigencia de responsabilidad administrativa y, en su caso, patrimonial, al gestor del gasto, que corrija la “actual impunidad” de muchas actuaciones que aun no constituyendo delito o incumplimiento contable, supongan una “irresponsable disposición de fondos públicos”.
Respecto al tema de su ponencia, Cruzado pide más medios para evitar la ilegalidad que supone la externalización de la prestación de servicios de inspección tributaria en favor de empresas privadas. En este sentido, pone como ejemplo al ámbito de la Justicia, donde no se plantea en ningún caso que haya que contratar servicios para ayudar a los jueces y letrados a desarrollar sus competencias, a pesar del déficit de medios que también sufren.
Asimismo, Cruzado lamentó la ausencia de medios y recursos que ha llevado a muchos ayuntamientos a contratar a empresas privadas para labores de inspección tributaria y de procedimientos sancionadores, “que no garantizan la seguridad jurídica de los obligados tributarios y llegan a ejecutar competencias que implican ejercicios de autoridad, lo cual está prohibido en diversas normas”.