La iniciativa llegará antes que la prometida Ley de Vivienda, que sigue sin acuerdo por la resistencia del PSOE a intervenir los precios
MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
Unidas Podemos y otros socios habituales del Ejecutivo, como ERC, EH-Bildu, Más País, Compromís y Nueva Canarias, han avalado este jueves en el Congreso una nueva Ley de Vivienda que regula el precio de los alquileres llevada a la Cámara por los sindicatos CCOO, UGT, el Sindicato de Inquilinos y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH).
La propuesta ha sido trasladada este jueves a los grupos en una reunión celebrada en el Congreso, en la cual estas formaciones han firmado un compromiso para registrar la próxima semana esta iniciativa como proposición de ley. También han suscrito la iniciativa Junts y la CUP.
UNA LEY DE VIVIENDA ANTES QUE LA PROMETIDA POR EL GOBIERNO
Así las cosas, la iniciativa se registrará en el Congreso antes de que llegue la nueva Ley de Vivienda comprometida entre el PSOE y Unidas Podemos, para la cual los socios de Gobierno acumulan ya siete meses de retraso respecto a cuándo debía remitirse a las Cortes.
Y es que ambos socios alcanzaron ese compromiso para impulsar los vigentes Presupuestos de 2021, acordando habilitar una regulación de los alquileres para poder rebajar los precios. Sin embargo, esta nueva ley sigue sin ver la luz ante las resistencias del PSOE para intervenir los precios.
La propuesta de los movimientos sociales, denominada ‘Ley de garantía del derecho a la vivienda digna y adecuada’, a la que ha tenido acceso Europa Press, está dirigida a hacer real y efectivo el derecho de toda persona “a una vivienda digna, adecuada y asequible”.
Para ello, contempla modificaciones legales en la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero también en la regulación hipotecaria, judicial, y establece un objetivo para que los municipios con más demanda residencial dispongan en un plazo de veinte años de un 20% de vivienda social respecto al total del parque de viviendas.
PROHIBICIÓN DE DESAHUCIOS SIN ALTERNATIVA
La ley establece la prohibición expresa de los desahucios sin alternativa habitacional en situación de vulnerabilidad y también trata de garantizar los suministros básicos, con la aplicación del principio de precaución en caso de impago, y el establecimiento de una tarifa social de agua, gas y electricidad, financiada con porcentajes de reparto entre productoras, distribuidoras y comercializadoras.
También regula la dación en pago, modifica la Ley Concursal para mejorar el derecho a una segunda oportunidad, limita la responsabilidad al bien hipotecado, e impide el embargo de la única vivienda de las terceras personas que avalen un préstamo.
ZONA TENSIONADA SI LA RENTA MEDIA SUPERA EL 30% DE INGRESOS MEDIOS
Respecto al alquiler, la reforma planteada por los sindicatos y los colectivos de vivienda habilita a declarar zonas tensionadas a partir de una serie de circunstancias, como que la renta media supere el 30% de los ingresos medios o que en cinco años se acumule un crecimiento de los precios de al menos tres puntos por encima de la tasa interanual del IPC de la comunidad autónoma correspondiente.
Esta declaración de zona tensionada podrá ser de hasta cinco años, se podrá prorrogar año a año, y habilitará a los ayuntamientos a aplicar las medidas que consideren para determinar, a partir del índice de precios, rentas máximas en los alquileres.
HABILITA RECARGOS DEL IBI A VIVIENDA VACÍA DE GRANDES TENEDORES
También se regula en la ley la información que deben recoger los contratos de alquiler, y los gastos que deben asumir las partes. También habilita políticas de control del alquiler turístico y crea un registro de contratos para poder ser utilizado por organismos públicos para la consecución efectiva de los fines de la ley y con fines estadísticos
Otra medida, esta dirigida a aumentar la oferta de vivienda, pasa por habilitar a los ayuntamientos a aplicar recargos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en viviendas vacías de los grandes tenedores. Asimismo, se anula el régimen fiscal especial de las Socimis, que pasarían a tributar en el régimen general.