MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
Unidas Podemos ha remitido una carta a la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, con propuestas para modificar el proceso de estabilización de empleo temporal en la Administración, con un aumento de las indemnizaciones previstas a trabajadores interinos y la posibilidad de acceder a la plaza por concurso para aquéllos que lleven tres años en situación de abuso de temporalidad.
En el grupo confederal ven necesario este último cambio para evitar una “posible arbitrariedad e inseguridad jurídica”, y así abrir esta posibilidad a toda persona que haya sufrido abuso de temporalidad, ocupando plaza de carácter estructural, de manera ininterrumpida o mediante concatenación de contratos, sea en la misma plaza o sea en diferentes dentro de la misma Administración, desde al menos los últimos tres años.
Asimismo, la formación que integra junto al PSOE el Gobierno de coalición quiere que el carácter no eliminatorio de las oposiciones de acceso para estos trabajadores públicos se garantice en las convocatorias de todas las administraciones, sin perjuicio de otras posibles normativas.
Concretamente, la propuesta trasladada por su portavoz de Función Pública en el Congreso, Pedro Honrubia, elevaría determinadas indemnizaciones para equipararlas a las correspondientes a un despido improcedente, con 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades, en lugar de 20 días y un máximo de 12 mensualidades como figura ahora.
Todo ello sin perjuicio de que las personas afectadas por una situación de abuso de temporalidad puedan reclamar otras indemnizaciones que consideren oportunas, y que tampoco estén sujetas a la obligación de presentarse a un proceso selectivo.
Finalmente, Unidas Podemos solicita modificar la exposición de motivos del decreto ley de estabilización, que se tramita en estos momentos en el Congreso, para reconocer expresamente que la norma traspone parcialmente la directiva europea sobre trabajo temporal (Directiva 1999/70), lo que facilitaría, esgrime, a “justificar el carácter de excepcionalidad que el Derecho español exige para que sea legalmente válida la aplicación de algunas de las modificaciones ya pactadas previamente”.