Se deroga el factor de sostenibilidad y no habrá penalización para las jubilaciones anticipadas de parados
SANTANDER, 23 (EUROPA PRESS)
El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha explicado que “todavía queda alguna cosa menor” del acuerdo sobre la primera pata de la reforma de las pensiones y espera que la semana que viene se acabe cerrando definitivamente con el visto bueno del Gobierno, la patronal y los sindicatos.
“Un acuerdo se cierra definitivamente cuando todas las partes dicen ‘sí’ y dan el ‘ok’ y solo falta que nos sentemos y que, colectivamente, demos el ‘ok’ a un acuerdo que venimos trabajando desde hace meses y que lleva un tiempo largo bastante avanzado. En todo caso, los acuerdos conviene decir que son acuerdos en el momento que se producen y yo espero que se produzcan la semana que viene”, ha afirmado Álvarez.
Así lo ha indicado este miércoles en declaraciones a los medios de comunicación en Santander, donde ha mantenido una reunión con el secretario general de UGT en Cantabria, Mariano Carmona; el vicepresidente de la comunidad autónoma y secretario general del PSOE de Cantabria, Pablo Zuloaga, y la responsable de Organización del partido, Noelia Cobo.
Esta tarde participará junto al líder de CC.OO, Unai Sordo, en el XXXVIII Encuentro de la Asociación de Periodistas de Información Eonómica (APIE) ‘La economía de la pandemia’.
Según un borrador del anteproyecto fechado el 14 de junio y en el que podrían producirse algunos cambios, la reforma suprimirá dos de los aspectos más polémicos de la reforma de pensiones de 2013: el índice de revalorización de las pensiones (IRP), que limitaba su subida anual a un 0,25% en situaciones de déficit, y el llamado factor de sostenibilidad.
Álvarez ha explicado que “hace un mes” ya se había retirado el factor de sostenibilidad, sin cuya supresión UGT había advertido que “no había ninguna posibilidad de llegar a acuerdos si no se derogaba la reforma del PP en 2013 y, dentro de ella, este elemento del factor de sostenibilidad. También ha confirmado el restablecimiento de la revalorización automática de las pensiones.
“Y en el acuerdo esos dos elementos están presentes”, ha indicado el sindicalista, que también ha explicado que el acuerdo contempla las bajas por enfermedad a los trabajadores más mayores o el mantenimiento de la jubilación anticipada para aquellos que tienen menos de 65 años y están en el desempleo.
Respecto a este último punto, ha avanzado que no habrá penalización para estas personas que tengan que jubilarse anticipadamente, más bien “al contrario”. “Personas que tengan largas carreras profesionales van a ver que los coeficientes reductores serán más bajos que lo que son hoy”, ha indicado.
A modo de resumen, ha señalado que los términos del acuerdo son “amplios” pero van “en la dirección que el Gobierno se había comprometido”. “No solo es una cuestión de los sindicatos o de los empresarios”, ha aseverado.
Álvarez ha indicado que el acuerdo, en líneas generales, busca garantizar que la reforma de 2011, aprobada con acuerdo de los agentes sociales en la etapa del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y que está en vigor y hay partes que aún son de aplicación, se mantenga.
“Y mantenerlo quiere decir derogar la reforma del 2013 del PP, que es una reforma que lo que ha venido es a romper el acuerdo firmado en 2011”, ha apuntado.
REUNIÓN EL LUNES
Está previsto que Gobierno y agentes sociales se reúna el próximo lunes, 28 de junio, para intentar cerrar este acuerdo sobre la primera pata de la reforma de pensiones, cuyos objetivos son garantizar el poder adquisitivo de las pensiones y aproximar la edad efectiva de jubilación a la edad legal mediante un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas y mayores incentivos al retraso de la jubilación, han confirmado a Europa Press en fuentes de la negociación.
Las medidas de esta primera parte de la reforma de pensiones, derivada de los acuerdos del Pacto de Toledo, forman parte del componente 30 del Plan de Recuperación remitido a Bruselas y su entrada en vigor está prevista para 2022, una vez que en el anteproyecto que las contiene pase todos los trámites correspondientes.
El texto que se está ultimando garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de la pensiones contributivas, incluidas las mínimas, al vincular su revalorización anual con la variación interanual media del IPC de los 12 meses anteriores a diciembre del año anterior. Si esta variación fuera negativa, el importe de las pensiones no variará al comienzo del año.
El anteproyecto establece una serie de medidas para desincentivar el retiro anticipado del mercado laboral cuando éste es voluntario.
El texto modifica además el procedimiento de solicitud de la jubilación anticipada por razón de la actividad y reforma la regulación de la jubilación anticipada no imputable al trabajador (involuntaria).
Así, las personas que trabajen en empresas cuyos centros de trabajo no se consideren móviles o itinerantes y que sean despedidas por rechazar un traslado que implique cambio de residencia podrán acceder a la jubilación anticipada si cumplen los requisitos establecidos para acogerse a esta modalidad de jubilación.
También podrán acceder a la jubilación anticipada aquellos trabajadores que sean despedidos tras imponerle su empresa una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo.
Para poder acceder a la jubilación anticipada involuntaria se exigirá tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, a la edad legal de jubilación aplicable en cada caso; encontrarse inscrito como demandante de empleo y acreditar un periodo de cotización efectiva de 33 años.
En estos casos, la reforma establece que a la pensión de jubilación se le aplicarán una serie de coeficientes reductores por cada mes o fracción de mes en la que se adelante la edad legal. Estos coeficientes oscilarán desde el 0,50% de reducción por un mes de adelanto si se tienen cotizados 44 años y seis meses o más hasta el 30% de reducción que se aplicará por adelantar la jubilación cuatro años (48 meses) si el periodo de cotización es inferior a 38 años y seis meses.
JUBILACIÓN DEMORADA Y JUBILACIÓN ACTIVA
En el caso de la jubilación demorada, el borrador contempla que no se cotizará por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria que corresponda en cada caso.
También ofrece tres tipos de incentivos para el retraso de la jubilación, a elegir por el trabajador, por cada año de demora.
Por otro lado, se exigirá como condición para acceder a la jubilación activa el transcurso de al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
La reforma de pensiones prohibirá cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años a partir de la entrada en vigor de la misma. En los convenios suscritos con anterioridad, estas cláusulas podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada para el convenio.
Además, si se establecen estas cláusulas en los convenios, las empresas tendrán que contratar como mínimo a tiempo completo y de manera indefinida a un trabajador por cada jubilado forzoso.
Excepcionalmente, el límite de edad establecido (menos de 68 años) podrá rebajarse hasta la edad legal ordinaria de jubilación cuando la tasa de ocupación de las trabajadoras en las actividades económicas del ámbito funcional del convenio sea inferior al 15% de las personas ocupadas y siempre que se cumplan varios requisitos, entre ellos la contratación simultánea de al menos una mujer de manera indefinida y a tiempo completo.