MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
La Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de Infraestructuras (Seopan) ha advertido de que la subida “sin precedentes” de las materias primas básicas para la construcción está afectado “gravemente” a la producción en curso de todas las empresas del sector, tanto en el ámbito de la edificación como en obra civil.
En este sentido, los registros de la evolución de los precios nacionales e internacionales confirman incrementos en el acero corrugado del 78%, del 102% del cobre, del 56% del aluminio, del 106% del petróleo y del 85% de las mezclas bituminosas, desde los mínimos de 2020.
Este problema en la inflación se debe a la reactivación de la demanda mundial tras la crisis sanitaria y de un histórico incremento del precio del transporte internacional marítimo de contenedores.
Esta situación coincide además con la puesta en marcha de importantes planes inversores de recuperación en las mayores economías, lo que supondrá un histórico incremento de la demanda global de inversión en construcción e infraestructuras, y en consecuencia, un nuevo factor de presión al alza en los niveles de precios futuros.
La patronal explica que esta situación coincide con una ausencia de mecanismos de revisión de precios en los contratos de obras públicas, debido a la reforma realizada en la ley de contratos públicos de 2007 que transformó el procedimiento de obligatorio a discrecional por parte de los órganos de contratación, suponiendo, en la práctica, “su casi completa desaparición de los pliegos de contratación”.
Asimismo, al encarecimiento de precios se une a las tensiones que hay en la disponibilidad de determinados materiales, cuyo suministro por parte de los proveedores está condicionado en muchos casos a la aceptación de unas ofertas de suministro con cláusulas de revisión de precios semanales.
Por todo ello, Seopan urge a habilitar una norma especial que, con carácter excepcional, permita resolver esta situación mientras persista la inflación, y, para los nuevos contratos, incorporar con carácter obligatorio los mecanismos de revisión de precios recogidos en la regulación en todos los pliegos de contratación.