MADRID, 8 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha desestimando un recurso presentado por Renfe y ha confirmado una sentencia previa de la Audiencia Nacional, dando la razón a CGT respecto a la no obligación de prescripción médica para justificar hasta 4 ‘días malosos’ al año sin descuento en nómina.
En una sentencia del pasado 23 de mayo, la Sala Social del Supremo ha recuperado la cuestión, por tercera vez, a la situación previa, aclarando que para disfrutar de estos días es suficiente el parte de visita al médico de los servicios públicos de salud, sin imposiciones en su redactado.
En un comunicado, el sector federal ferroviario del sindicato ha defendido que el derecho de los trabajadores de Renfe a disfrutar de 4 ‘días malosos’ al año sin descuento en las nóminas, por enfermedad o accidente y que no dé lugar a incapacidad temporal, se reconoce en la Disposición Trigésimo Octava de Ley de Presupuestos Generales del Estado 17/2012 y la Orden HAP/2802/2012 a los empleados al servicio de la Administración del Estado, organismos y Entidades Públicas Empresariales.
La primera vez que CGT recurrió a la justicia fue en 2018, obteniendo la razón sobre este asunto y obligando a Renfe a cumplir con este derecho, que por otra parte sí se aplicaba a las plantillas de Adif.
Por su parte, Renfe no recurrió esta sentencia en 2018 y continuó exigiendo internamente a sus trabajadores el parte médico que justificase el reposo de la persona. CGT volvió a interponer un nuevo conflicto colectivo, solicitando la nulidad de esta imposición, y en septiembre de 2020 le volvió a dar la razón.