El Tribunal Supremo dio un plazo límite hasta septiembre de este año para poner en marcha este sistema prometido en los PGE de 2021
MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
El Gobierno sigue sin encontrar un sistema de doble tarifa eléctrica para el regadío, que debía haber entrado en vigor hace dos años, según se aprobó en los Presupuestos de 2021, y cuya puesta en marcha le ha exigido hasta el Tribunal Supremo vía sentencia.
Concretamente, en los Presupuestos Generales de 2021, que fueron aprobados en diciembre de 2020, se incluía una disposición final para establecer en un plazo de seis meses un contrato de este tipo para el sistema de regadíos. La idea es que a lo largo de un año los regadíos se pudieran acoger a dos potencias diferentes en función del suministro para así abaratar los costes.
Sin embargo, concluidos los seis meses de plazo, esto es junio de 2021, el Gobierno no puso en marcha este sistema, por lo que Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos dirigió primero un escrito al Ministerio de Teresa Ribera. Tras no recibir respuesta, según explican, decidieron presentar un recurso en el Tribunal Supremo, que acabó dando la razón a la organización agraria el pasado mes de marzo de 2023.
En su sentencia, el Tribunal Supremo dio al Gobierno un nuevo plazo de seis meses para poner elaborar, aprobar y promulgar la norma reglamentaria para este sistema, por lo que la fecha límite ya será en septiembre de este año.
AÚN SE ESTUDIAN “POSIBLES ALTERNATIVAS”
Con todo ello, el Ejecutivo apunta ahora en una respuesta parlamentaria, a la que ha tenido acceso Europa Press, que está estudiando las “posibles alternativas” para encajar este sistema de doble tarifa eléctrica en la normativa sectorial y comunitaria.
“Actualmente se está estudiando la sentencia del Tribunal Supremo y las posibles alternativas para su ejecución con encaje en la normativa sectorial y comunitaria”, indica la respuesta escrita registrada en el Congreso ante una pregunta de varios diputados de Vox.
El Tribunal concluyó en su sentencia que no ajustarse a la diligencia de la administración para completar los procesos de ejecución legal sería otorgar al Ejecutivo un “derecho de veto” sobre aquellas leyes que dependieran de un desarrollo reglamentario y que esto “constitucionalmente sería inadmisible”.