Asegura que se trató de limitar la afluencia del número de personas que iban a las oficinas de Kutxabank para “garantizar la salud”
BILBAO, 13 (EUROPA PRESS)
Kutxabank ha afirmado de la denuncia que ha derivado en una sanción al banco por parte del Instituto Vasco de Consumo (Kontsumobide) fue planteada por una limitación establecida por la pandemia para garantizar la “salud de clientes y empleados” y que ya fue retirada.
Fuentes del banco vasco se han referido, en declaraciones a Europa Press, a la decisión de Kontsumobide de imponerle una sanción de 123.000 euros a la entidad como consecuencia de la comisión de “infracciones” que tienen su origen, “tanto en el incumplimiento de la prestación del servicio de caja por la entidad, como por la realización de prácticas abusivas en contra de los derechos de las personas consumidoras”.
Desde la entidad financiera se ha precisado que la denuncia que conlleva la sanción de Kontsumobide fue interpuesta con motivo de la limitación fijada por Kutxabank durante la pandemia para los ingresos en caja.
Según ha explicado, había un motivo fundamental para esa limitación que era “garantizar la salud de clientes y empleados”, por lo que se optó “por limitar, en medida de lo posible, la afluencia del número de personas que iban a las oficinas de Kutxabank, “máxime cuando se trataba de operaciones disponibles en los canales telemáticos del banco para los clientes y de sus propias entidades en el caso de los no clientes”.
La entidad financiera ha señalado que el objetivo era muy claro”, ya que, al ser la banca un servicio esencial, las sucursales debían permanecer abiertas y se optó “por preservar la seguridad de los trabajadores y de los clientes de Kutxabank, priorizando las medidas anti-contagio”.
Según ha apuntado, una vez remitidos los “mayores efectos” de la pandemia, se retiró la limitación de realizar pagos a terceros, recibos y transferencias a otras entidades en metálico, “que se realiza con total normalidad desde mayo de 2022”. Por último, ha apuntado que ya presentó todas las alegaciones oportunas y, por tanto, “acata la sanción”.