MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
Fedea considera que “la opción preferible” para asegurar la supervivencia de las empresas que experimentan dificultades transitorias debido a la crisis es la entrada de nuevo capital privado mediante mecanismos de mercado.
En un nuevo informe del Grupo de Trabajo Mixto Covid-19, Fedea explica que esta opción no sólo minimiza el coste para el contribuyente, sino que también promete mayor eficiencia.
“Por un lado, las empresas que necesiten capital tendrán que convencer de la viabilidad de su proyecto a inversores privados que conocen el negocio y analizarán los proyectos con cuidado porque se juegan su propio dinero. Por otro, se evita dedicar recursos a las que no lo necesitan, así como los problemas de “agencia” que podrían derivarse de la entrada del sector público en empresas privadas”, expone.
Entre las posibles medidas a considerar para facilitar este tipo de soluciones, Fedea aconseja la introducción de una ‘equity allowance’ para nuevas aportaciones de capital, de modo que sea fiscalmente más atractivo este tipo de financiación frente a la deuda, así como de acciones con diferentes derechos políticos que faciliten la recapitalización vía ‘equity’ sin perder el control.
INYECCIONES TEMPORALES PÚBLICAS
No obstante, en la medida en que el mercado no alcance a satisfacer las necesidades de capital para hacer frente a la crisis, Fedea cree que puede ser aconsejable que intervenga el sector público en las empresas con dificultades mediante inyecciones temporales de capital, ayudas directas, “posiblemente reembolsables, para cubrir costes fijos, y la participación pública en procesos, tanto judiciales como extrajudiciales, de reestructuración de deuda.
“Estas intervenciones deberían diseñarse con sumo cuidado, atendiendo a los objetivos que las motivan y buscando establecer incentivos correctos para todas las partes”, apunta Fedea, que subraya que los instrumentos híbridos de financiación, como los préstamos participativos o la deuda subordinada, son “potencialmente útiles” para este fin porque su remuneración está condicionada a la rentabilidad de la empresa y carecen de derechos políticos de cara a su gestión.
Asimismo, Fedea opina que que también debería incorporarse un instrumento híbrido adicional como sería la deuda tributaria de carácter contingente a la situación financiera del deudor. Esta deuda, explica, podría devolverse mediante recargos en los impuestos sobre beneficios futuros, lo que permitiría adaptar para su gestión los mecanismos ordinarios del sistema de recaudación tributaria.
REFORMAS URGENTES EN PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA
Además de la entrada de capital privado y de la posible intervención del sector público, una tercera línea de actuación para ayudar a las empresas con problemas pasaría, según Fedea, por mejorar el funcionamiento de los mecanismos judiciales y extrajudiciales de reestructuración de deuda empresarial.
Así, la institución propone una serie de reformas urgentes en los procedimientos de insolvencia, reforzando los procedimientos preconcursales y ampliando su ámbito de aplicación y su nivel de protección judicial.
En concreto, Fedea plantea permitir que los acuerdos de refinanciación puedan servir para reestructurar deudas no financieras, así como ampliar el periodo y ámbito de protección frente a posibles actuaciones contra el patrimonio del deudor mientras se negocia un acuerdo.
Al mismo tiempo, aconseja revisar los convenios del ICO con las entidades financieras para disponer que la garantía se adapte de forma natural a la posible reestructuración del préstamo y que las administraciones fijen criterios claros y explícitos de actuación para sus representantes en los procedimientos concursales y de refinanciación.
También propone facilitar la conversión de créditos públicos en deuda tributaria contingente y suprimir los privilegios procedimentales y sustantivos de los que tales créditos gozan en estos procedimientos.
Finalmente, y puesto que la inmensa mayoría de los concursos de acreedores concluyen en liquidación, Fedea apuesta por mejorar las soluciones liquidatorias, incluyendo la flexibilización de la venta de unidades productivas en funcionamiento