Los Gobiernos de la Unión Europea ha alcanzado este jueves un acuerdo sobre la revisión de las normas de los créditos al consumo excluyendo del paraguas de la directiva ciertos productos crediticios al considerar que la norma no se adapta a ellos, como los pagos diferidos o las tarjetas de débito diferidas.
El mandato de los Veintisiete, que establece la posición negociadora de la legislación definitiva con el Parlamento Europeo, plantea excluir la financiación participativa directa, el pago a plazos o las tarjetas de débito diferidas así como los contratos de alquiler sin obligación ni opción de compra.
Además, el texto adoptado por los ministros de Industria de la UE propone algunas derogaciones parciales como para los préstamos inferiores a 200 euros, los créditos al descubierto con devolución a tres meses, los préstamos libres de intereses o los contratos con un periodo máximo de tres meses y costes depreciables.
El mandato del Consejo de Industria propone fusionar los formularios de información contractual para los consumidores para que éstos puedan comparar rápidamente los tipos de crédito y que esta información se presente en la primera página de dichos formularios.
Los ministros de Industria de los Veintisiete han introducido otros cambios como aclaraciones sobre la evaluación de la solvencia, definiendo un plazo máximo del derecho de desistimiento, la obligación de proteger a los consumidores de tipos excesivos, aclaraciones sobre el procedimiento de admisión y sanciones, medidas con las que se busca dotar al consumidor de mayor seguridad jurídica.
La propuesta de la Comisión, presentada en junio de 2021 y que busca sustituir a la directiva de 2008, amplía el número de productos que deberán cumplir con normas de crédito más estrictas hasta los pequeños créditos online inferiores a 200 euros o las plataformas de ‘crowdfunding’.
La revisión de la norma pretende impulsar prácticas más transparentes y responsables en todos los sectores implicados en los créditos al consumo para reforzar la protección del consumidor con este tipo de productos y adaptar la regulación a un entorno digitalizado, por ejemplo, proporcionando información clara y comprensible así como adaptada a los servicios digitales.
Además, para proteger a los consumidores de prácticas irresponsables que podrían llevar a un sobreendeudamiento, la directiva promueve la educación financiera y el asesoramiento sobre deudas, y regula la forma en que se evalúa si un consumidor podrá o no pagar su crédito.
Por su parte, la Organización Europea de los Consumidores considera que la propuesta del Consejo excluye varias formas de crédito, como préstamos ‘peer to peer’, pagos diferidos de una factura y tarjetas de débito diferidas, lo que consideran que facilita a los operadores de fórmulas tipo “compre ahora, pague después’ puedan eludir la normativa de protección al consumidor.