MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
Adicae ha comunicado que sus equipos jurídicos están analizando la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre Banco Popular y evaluando las posibles acciones a iniciar ante las instituciones europeas o el Tribunal General de la UE.
El TJUE ha declarado que la normativa europea sobre resolución se opone a que los accionistas que compraron acciones de Banco Popular antes de su resolución puedan exigir responsabilidad a Banco Santander por la información contenida en el folleto o ejercer una acción de nulidad del contrato de suscripción de esas acciones, lo que daría lugar a la restitución de las cantidades invertidas y de los intereses devengados.
Tras conocer el fallo, Adicae ha reprochado que la resolución del TJUE pone en discusión la efectividad de la Directiva MiFID II y supone cuestionar el alcance real del artículo 169 del Tratado de la Unión y el 38 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, que promulgan la obligación de un alto nivel de protección de los consumidores, defendiendo sus intereses económicos.
Adicae lamenta que la sentencia considera a los consumidores titulares de acciones como “meros accionistas”, por lo que el TJUE no ha considerado en su resolución la normativa de protección de los consumidores.
Para la asociación, el fallo del TJUE “incurre en la paradoja de limitar a los consumidores su legítima reclamación y resarcimiento frente a prácticas fraudulentas y de engaño masivo a los consumidores previas a que una entidad haya sido objeto de resolución, lo que contradice el espíritu y contenido de todas las normas de protección de los consumidores dictadas hasta el momento”.
Por todo ello, Adicae considera necesario la apertura en el seno de la UE de un debate que permita clarificar el hecho de que los consumidores que adquieren acciones no pueden ser considerados como meros accionistas, sino como consumidores-ahorradores que instrumentan parte de su dinero a través de títulos cotizados y que, por tanto, “requieren de las medidas de protección aplicables a todo consumidor de productos financieros.”
“Este aspecto, junto con las acciones que en su caso valoren los servicios jurídicos de la asociación, serán objeto de iniciativas que en el ámbito europeo Adicae estudia tras esta resolución del TJUE”, ha informado la asociación, que recuerda que la sentencia no afecta a las responsabilidades que se determinen en el proceso penal.