MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha autorizado este martes la modificación de los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros, según lo establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para atender la financiación adicional prevista en el Real Decreto 113/2022 para la digitalización del sector agroalimentario.
En concreto, estas subvenciones se enmarcan en el Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, cuya convocatoria se aprueba para los ejercicios 2022 y 2023.
De esta forma, el Real Decreto 113/2022, de 8 de febrero, ha establecido las bases reguladoras de esta subvenciones, al mismo tiempo que ha aprobado su convocatoria para 2022 y 2023.
Esta norma tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones contempladas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural de España 2014-2020, conforme a la normativa comunitaria relativa a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
Los fondos asignados para la puesta en marcha del Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020 están cofinanciados en un 80% con fondos Feader y en un 20% con presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el caso de la Medida 1 y en un 53% con fondos Feader, y en un 47% con presupuesto del Ministerio para la Medida 2.
Además, el real decreto 113/2022 establece que el importe estimado para 2023 podrá ampliarse en 516.120 euros si se obtiene financiación adicional con carácter previo a la concesión de las subvenciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 del reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De esta forma, incluida la financiación adicional, la cuantía total máxima de subvención a conceder es de 3,036 millones de euros que se repartirán en 1,24 millones de euros para 2022 y 1,79 millones de euros para 2023.